¡Llamando a todos los clientes no residenciales del servicio de agua LADWP! Instale o reacondiciona una estación de agua potable de acceso público en su propiedad y LADWP puede proporcionar el reembolso de los costos a través del Programa Iniciativa de Estaciones de Hidratación. Ayudar a promover la accesibilidad al agua potable limpia y reducir los residuos plásticos de un solo uso.
Incentivos
Para calificar, las estaciones de hidratación deben dispensar agua potable e incluir un mecanismo de llenado de botellas. Las estaciones de hidratación interiores y exteriores son elegibles para reembolsos de hasta $5,000 por unidad y hasta $10,000 por unidad, respectivamente. Interesados LADWP servicio de agua los clientes no residenciales deben completar la solicitud y enviarla a LADWP.
Elegibilidad
Para ser elegible para los reembolsos de HSIP, se deben cumplir los siguientes criterios:
- El solicitante debe ser un cliente no residencial del servicio de agua LADWP
- LADWP debe aprobar propuesta de colocación de estación de hidratación
- Las estaciones de hidratación deben estar ubicadas en áreas de acceso público
Criterios del programa
- La ubicación propuesta de la estación de hidratación debe ser en una zona que reciba alto tránsito peatonal
- El solicitante acepta mantener la estación de hidratación de manera operable, limpia e higiénico-sanitaria
- El solicitante acuerda instalar señalización provista por LADWP en el sitio de la estación de hidratación
- El solicitante acepta promover la estación de hidratación después de su instalación (esto puede incluir fotografías de la unidad que se incluirá en sitios web, redes sociales y publicaciones asociadas con HSIP)
- El solicitante acepta completar la remodelación o instalación de la estación de hidratación dentro de los 120 días a partir de la fecha de aprobación de la solicitud
Documentos del programa
Cómo aplicar
Los clientes pueden enviar una solicitud por correo.
Descargar la aplicación en PDF
Correo
Descarga, imprime la aplicación PDF.
Una vez completada, envíe la solicitud por correo a:
Estación de Hidratación Solicitud del Programa
Attn: Calidad del Agua Atención al Cliente
Los Ángeles Departamento de Agua y Energía
111 N. Hope St., Sala 1200
Los Ángeles, CA 90012
Términos y condiciones
1. Programa y Reembolso Descripción
1.1 Descripción: El Programa Iniciativa de Estaciones de Hidratación LADWP (HSIP) proporciona reembolsos para el costo de compra, retroadaptación, y/o instalación de
estaciones de hidratación calificadas a clientes de servicios de agua no residenciales del Departamento de Agua y Energía de Los Ángeles
(LADWP).
1.2 Plazo del programa: 1 de enero de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2026 (el “Plazo del Programa”). El financiamiento para HSIP es limitado, y HSIP
puede modificarse, suspenderse o cancelarse en cualquier momento sin previo aviso.
1.3 Definiciones:
• “Estación de hidratación” es una fuente para beber que incorpora un mecanismo de llenado de botellas, y solo se refiere a unidades interiores y exteriores diseñadas para ser montadas permanentemente.
• “Cliente” o “Solicitante” es el cliente registrado de LADWP.
• “Program Manager” es el administrador del programa asignado por el LADWP.
1.4 Monto Máximo de Reembolso: El costo total de la instalación de la estación de hidratación es el costo de la estación de hidratación y hardware, más los costos de material incidental asociados, más el costo de mano de obra de instalación, y es inclusivo de impuestos. El costo total menos todos y cada uno de los demás incentivos financieros, rebajas o descuentos recibidos (es decir, el “Costo Neto”) se considerará al determinar el monto del incentivo para cada estación de hidratación. El Monto Máximo de Reembolso será el menor del Costo Neto o $5,000 por cada instalación de estación de hidratación interior, y el menor del Costo Neto o $10,000 por cada instalación de estación de hidratación al aire libre. Los pagos de reembolso no están garantizados.
1.5 Requisitos de elegibilidad para reembolsos de HSIP: Los solicitantes y proyectos de HSIP deben cumplir con los siguientes requisitos y pautas para ser elegibles para los reembolsos de HSIP:
• Los solicitantes deben ser un cliente activo de servicio de agua LADWP no
residencial en buen estado
• Los proyectos deben ubicarse dentro del territorio de servicio de LADWP
• Los proyectos se evaluarán utilizando el procedimiento determinado
únicamente por LADWP
• Los proyectos deben cumplir con todos los demás requisitos de HSIP como especificado en la solicitud del programa y las directrices
1.6 Límite por local: LADWP se reserva el derecho de limitar el número de reembolsos de HSIP por ubicación.
1.7 Costos de instalación elegibles: Los costos de instalación elegibles se limitan a los costos de hardware y mano de obra en relación con la conexión inicial
de una estación de hidratación. Los costos de operación y mantenimiento de la estación de hidratación (por ejemplo, costos de consumo de agua
, piezas de repuesto, filtros, etc.) no son costos de instalación elegibles. No obstante lo anterior, los costos incurridos por la
instalación del servicio de agua (por ejemplo, medidor de agua) no califican para el reembolso bajo HSIP. Todos los costos, materiales y mano de obra serán revisados por razonabilidad por el Gerente del Programa. Solo los costos razonables incurridos para el despliegue de la estación de hidratación son elegibles para el reembolso en virtud del HSIP.
1.8 Proceso de Solicitud: Solo el Cliente Registrado puede presentar solicitudes. No se
aceptarán solicitudes de terceros. Si el cliente registrado es una persona individual, la solicitud HSIP debe estar firmada por esa persona. Si el cliente registrado es una empresa u otra persona jurídica, la solicitud HSIP debe estar firmada por un miembro de esa compañía o entidad jurídica con la autoridad para hacerlo. Los reembolsos solo se emitirán al cliente registrado. Si el cliente registrado desea autorizar a un tercero a actuar en su nombre, se requerirá una Carta de Autorización. No se emitirán reembolsos a terceros. El solicitante entiende que la presentación de una solicitud HSIP firmada constituye la aceptación de los Términos y condiciones y directrices del HSIP, y el cumplimiento de las políticas y procedimientos de HSIP. El solicitante entiende además que la presentación del paquete de solicitud no garantiza la aprobación de ningún monto de reembolso.
El cliente registrado de LADWP debe enviar una solicitud completa con una firma original junto con toda la documentación requerida
a LADWP por correo o correo electrónico de EE. UU. Las solicitudes de reembolso y los documentos requeridos deben presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2026. El paquete de solicitud HSIP puede enviarse por correo a:
PROGRAMA DE INICIATIVA DE ESTACIÓN DE HIDRATACIÓN LADWP
ATTN: ATENCIÓN AL CLIENTE DE CALIDAD DEL AGUA
111 N. HOPE ST., JFB ROOM 1200 LOS ANGELES,
CA 90012-2607
El paquete de solicitud HSIP también puede ser enviado por correo electrónico a [email protected]. Las solicitudes incompletas y las solicitudes presentadas sin los documentos justificativos requeridos no serán procesadas ni aprobadas. LADWP no se hace responsable de las solicitudes de HSIP y/o documentos enviados a LADWP que no se reciban, pierdan o destruyanen tránsito.
2. Calificadoras Estaciones de Hidratación e Instalación.
2.1 Requisitos del Código: El solicitante es responsable de cumplir con todos los requisitos del programa y del cumplimiento de todos los requisitos locales, estatales y federales aplicables con respecto a las condiciones locales, restricciones, códigos, ordenanzas, reglas y regulaciones. El solicitante obtendrá los permisos requeridos y los entregará a LADWP cuando así lo solicite. El solicitante deberá, a su propio costo, obtener y mantener todas las licencias y permisos requeridos por el organismo de gobierno local, estatal, federal u otro organismo de gobierno. Cualquier incumplimiento por parte del solicitante de obtener y/o mantener las licencias y permisos necesarios constituye un incumplimiento material del contrato bajo HSIP.
2.2 Condiciones de la Estación de Hidratación: Las estaciones de hidratación calificadas deben adquirirse nuevas y sin usar. Los kits de reequipamiento para convertir
un bebedero existente en una estación de hidratación pueden calificar para el reembolso bajo HSIP. Las unidades revendidas, reconstruidas y alquiladas,
las unidades recibidas de reclamos de seguros de garantía o ganadas como premio no califican. Las unidades de reemplazo no son elegibles para el
reembolso bajo HSIP.
2.3 Servicio de Agua: Las estaciones de hidratación calificadas deben desplegarse en un lugar que reciba el servicio de agua de LADWP en un horario de tarifas no residenciales. La estación de hidratación debe ser servida por LADWP. Solo los
clientes de servicios de agua no residenciales de LADWP pueden solicitar HSIP.
2.4 Acceso: Todas las estaciones de hidratación deben ser de acceso público.
2.5 Aprobación LADWP: Todos los clientes deben buscar aprobación, a través de una carta Notice to Proceder (NTP) de LADWP a través del grupo de Atención al Cliente de Calidad del Agua, antes de desplegar estaciones de hidratación. Los clientes que no obtengan dicha aprobación antes de implementar estaciones de hidratación pueden no ser elegibles para recibir ningún reembolso bajo HSIP.
2.6 Fechas de calificación: El cliente elegible debe comprar e instalar estaciones de hidratación calificadas durante el Plazo del Programa.
2.7 Requisitos de instalación: La estación de hidratación que califique debe estar instalada permanentemente en la dirección de servicio de agua LADWP
proporcionada en la aplicación HSIP dentro de los 120 días posteriores a la fecha del Aviso para continuar.
2.8 Inspección: El solicitante es responsable de asegurar que LADWP y/o sus agentes tengan un acceso razonable a sus
instalaciones con el fin de llevar a cabo servicios y/o actividades relacionados con el HSIP, incluyendo pero no limitándose a:
• Inspección previa a la instalación para examinar los equipos existentes, si los hubiera, ubicaciones de instalación propuestas, y verificar la exactitud de la información del Cliente que figura enla solicitud.
• Inspección posterior a la instalación para verificar la estación de hidratación instalada, verificar la exactitud de la información del Cliente con respecto al equipo propuesto y la ubicación que se indica en la solicitud y que la estación de hidratación sea operable, y probar y confirmar que la calidad del agua servida por la estación de hidratación cumple con los estándares federales, estatales y locales de agua potable.
2.9 Limpieza y Mantenimiento: El solicitante es responsable de mantener la estación de hidratación de manera operable, limpia y
sanitaria.
2.10 Señalización de Comercialización y Promoción: El solicitante es responsable de instalar la señalización provista por LADWP en el sitio de la estación de hidratación. El aspirante deberá participar en la promoción de la estación de hidratación después de su instalación (esto puede incluir fotografía de la unidad para ser destacada en sitios web, redes sociales y publicaciones asociadas al HSIP).
3. Otros Términos y Condiciones
3.1 Periodo de Servicio: Las estaciones de hidratación deben permanecer en servicio en la ubicación especificada en la solicitud del HSIP durante un mínimo de 5 años a partir de la fecha en que el pago de reembolso sea emitido por LADWP (el “Periodo de Servicio”).
3.2 Pago de reembolso: LADWP se reserva el derecho de inspeccionar la estación de hidratación en cualquier momento con aviso razonable. Los clientes elegibles acuerdan proporcionar al representante de LADWP acceso razonable a la ubicación de la estación de hidratación durante el horario comercial normal. Los clientes elegibles que no: (i) permitan un acceso razonable a las estaciones de hidratación para fines de inspección por parte de un representante autorizado de LADWP, o (ii) mantengan las estaciones de hidratación reembolsadas en servicio en el lugar de implementación original durante el Período de servicio, reembolsarán a LADWP las cantidades recibidas bajo HSIP de manera prorrateada (durante el Período de servicio), o perderán cualquierreembolso pagadero bajo HSIP.
3.3 Reporte del IRS: Los reembolsos están sujetos a impuestos y, si acumulativamente son superiores a $600, se reportarán al IRS. LADWP no se hace responsable de los impuestos que se puedan imponer a una parte como consecuencia de la recepción de este pago de reembolso.
3.4 Sin garantía: LADWP no ofrece ninguna garantía y no es responsable de ninguna representación, ya sea expresa o implícita, incluyendo, entre otros, la garantía de comerciabilidad, aptitud, rendimiento y longevidad para cualquier propósito, uso o aplicación particular de los artículos o medidas, fabricantes, distribuidores, contratistas o cualquier otro tercero, materiales, mano de obra, la calidad, seguridad y/o instalación de los artículos o medidas, efectos sobre contaminantes o cualquier otro asunto con respecto al HSIP. Además, LADWP no será responsable de la mano de obra, incluida la calidad de la instalación, o del incumplimiento por parte del instalador de las normas de seguridad aplicables en lo que respecta al equipo instalado.
3.5 Limitación de responsabilidad: LADWP no será responsable de ninguna pérdida, reclamo, daño o lesión de cualquier naturaleza, incluidos
daños consecuentes, incidentales o indirectos independientemente del uso y la teoría de responsabilidad, agravio, garantía o incumplimiento que surja de o
esté relacionado con cualquier trabajo deproyecto realizado.
3.6 Datos: LADWP puede utilizar, sin compensación, los datos generados por el uso de estaciones de hidratación para mejorar los servicios de LADWP
, realizar estudios y para cualquier otro propósito en el fomento de las operaciones de LADWP. Dichos datos también pueden proporcionarse a terceros con fines de investigación y subvenciones y/ o según lo exija la ley.
3.7 Términos y condiciones: La implementación e interpretación de los términos y condiciones del HSIP quedan a discreción exclusiva de LADWP, siempre que si alguno de los términos y condiciones anteriores se considera inválido, ilegal o inaplicable por un tribunal de justicia que tenga jurisdicción, dicha decisión no afectará la validez, legalidad y exigibilidad de los términos y condiciones restantes.
3.8 Ley de Registros Públicos de California: Al solicitar un reembolso y/o programa de LADWP, la información personal proporcionada puede estar sujeta a divulgación pública por parte de las partes solicitantes, de conformidad con la Ley de Registros Públicos de California.
¿Necesitas más información? Contáctanos.
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Water Quality Hotline (213) 367-3182